Introducción:
La reactivación económica así como la estabilidad monetaria económica, van presentando nuevas oportunidades de negocios orientadas al mercado interno. Estas actividades productivas, relacionadas, entre otras, con la sustitución de importaciones, la conformación de cadenas productivas o la explotación del turismo receptivo son los sectores a los cuales va destinada esta herramienta financiera.
Características Principales de la Línea de Prestamos:
Orientado a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, nuevas o en marcha que registren un valor de ventas totales anuales, en pesos ($) -excluido el Impuesto al Valor Agregado y el impuesto interno que pudiera corresponder-, hasta los siguientes niveles máximos:
LINEAS |
Agropecuario |
Industria/Minería |
Servicios |
Parámetros adicionales |
Microempresa |
610.000 |
1.800.000 |
590.000 |
P. Neto hasta $675.000 |
PyMEs |
54.000.000 |
183.000.000 |
63.000.000 |
Hasta 100 empleados |
Origen de los fondos:
Propios de los Gobiernos Provinciales depositados en el Fondo Federal de Inversiones.
Destino: Capital de Trabajo, Activo Fijo y Preinversión.
Montos Máximos:
Microempresas: Hasta el 80% de la inversión a realizar.
Me1 – Patrimonio Neto hasta $ 675.000, monto máximo $ 170.000.
PyMEs: Hasta el 70% de la inversión a realizar, con un máximo de $ 1.550.000.
Para los créditos superiores a $ 170.000 se exigirá una relación patrimonial de al
menos 1,5 a 1. Por su parte para créditos superiores a $ 340.000 la relación
patrimonial será de al menos 2 a 1 del monto solicitado.
Plazos:
Microempresas: Me1 – Plazo máximo de amortización, 48 meses con un período máximo para pagar la primer cuota de capital de 12 meses.
Me2 y PyMEs: Plazo máximo de amortización, 84 meses con un período máximo para pagar la primer cuota de capital de 24 meses.
Tasa de interés:
La tasa es variable, tomándose como base de cálculo de la tasa de interés compensatoria a la equivalente al 50% de la Tasa Activa de Cartera General Nominal Anual en Pesos del Banco de la Nación Argentina para Créditos Agropecuarios, más dos (2) puntos porcentuales. Actualmente esta tasa es del 14,50 %.
Para créditos hasta $ 70.000 que se otorgan sin exigencia de garantía real, la tasa será 50 % de la tasa de interés vigente, en este caso es de 7,25 % anual.
Garantías:
Montos inferiores a $ 70.000, personales a satisfacción del Banco.
Para montos superiores, garantías reales por el 130 % del monto del crédito.
Agente Financiero:
Nuevo Banco Entre Ríos S.A.
Sistema de amortización:
Alemán, cuota fija de Amortización con interés sobre saldo decreciente.
Etapas de tramitación:
I | Presentación por el Gobierno de la Provincia de Entre Ríos ante el Agente Financiero: CALIFICACIÓN COMO SUJETO DE CRÉDITO. | |
II | PROYECTO DE INVERSIÓN: Formulación a cargo del solicitante, dónde se aporte la información técnica y económica de la actividad y se formalicen los presupuestos y demás documentación respaldatoria. | |
III | VIABILIDAD POR EL CFI: |
RESOLUCION APROBATORIA DEL PROYECTO. IV CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS: ante el Agente Financiero – tasación de bienes – constitución de hipotecas – constitución del seguro de vida. V LIBRAMIENTO DE FONDOS.
IMPORTANTE
Tomando como base las consideraciones jurídicas emitidas por el Area Legal en relación a GARANTÍAS y SEGUROS, y particularmente en función de eventuales riesgos que pueda tener el CFI en carácter de acreedor de los créditos, se comunica a los Sujetos de Creditos acerca de las restricciones que deberán tenerse en cuenta antes de dar inicio a cualquier gestión de financiamiento de proyectos, en cuanto a:
1.- DONACIONES: El CFI no acepta como garantía de los créditos que otorga, inmuebles cuya adquisición provenga de una donación o que en sus antecedentes dominiales se registre una donación.
2.- CONDOMINIO: En el caso que el inmueble ofrecido como garantía pertenezca a varios titulares dominiales, indefectiblemente deberán suscribir la escritura de hipoteca todos los condóminos, a fin de no hipotecar partes indivisas.
3.- USUFRUCTO Y OTROS: Si el inmueble ofrecido en garantía tuviere constituído un derecho real de usufructo a favor de una persona, dicho derecho debe estar extinto o cancelado registralmente. Asimismo, se requiere que los inmuebles ofrecidos en garantía se encuentren libres de gravámenes, interdicciones, anotaciones judiciales, servidumbres, bien de familia, embargos, deudas impositivas.
4.- SEGUROS: El/los beneficiario/s deberán contar con seguro de vida e incapacidad por el monto y plazo de amortización del crédito otorgado.
Asimismo, cuando se trate de créditos con garantía real, el beneficiario deberá contratar seguro contra todo riesgo, o el que corresponda sobre el bien gravado, por el monto y plazo de amortización del crédito.
Dichos seguros deberán constituirse a través del Agente Financiero y las pólizas deberán estar a favor del CFI.
Los costos y gastos que demande la constitución de seguros y/o garantías a que hubiere lugar, estarán a cargo del beneficiario.
Listado Documentación PJ Listado Documentación PF Identificación Proyectos