La Municipalidad de Cerrito informa que a través de las Resoluciones Nº 0234 y Nº0245 del Ministerio de Producción de la provincia del 29 de abril y del 30 de abril de 2020 respectivamente, se exceptúa del cumplimento del aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular, al personal afectado a las siguientes actividades:
- Fabricación de baterías y acumuladores eléctricos
- Fabricación de hornos de panificación industrial e implementos afines
- Fabricación de aberturas, implementos afines e insumos vinculados
- Fabricación de artículos de camping y jardín
- Fabricación de implementos de cocinas y baños
- Fabricación de la industria del calzado y la indumentaria
- Astillero de embarcaciones menores
- Fabricación de maquinaria para alimento de mascotas y afines
- Industria de la cuchillería
- Fabricación de pinturas de hogar, construcción e industria
- Concesionaria de vehículos
Estas actividades habilitadas deberán cumplir con los protocolos presentados y aprobados por las autoridades pertinentes, en el marco de las medidas vigentes.
Asimismo, estas excepciones podrían quedar sin efecto parcial o total, en virtud de las recomendaciones de la autoridad sanitaria provincial y conforme a la evolución de la pandemia de Covid-19.