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Nueva Reglamentación de Registro para Establecimientos Industriales y beneficios

El Área Producción de la Municipalidad de Cerrito informa que hay una nueva metodología de inscripción ante el Registro Único Industrial dependiente de esta Subsecretaría de Industria de la provincia de Entre Ríos.
A partir de ahora el llenado del formulario de inscripción en el REGISTRO ÚNICO INDUSTRIAL se realizará vía online, ingresando a los siguientes links: https://www.entrerios.gov.ar/minpro/ https://www.entrerios.gov.ar/industria.

Cabe recordar que la gestión de este certificado es absolutamente gratuita, no debiendo asumir ningún costo adicional para su asesoramiento, presentación ni entrega del mismo.
Deberá ingresar al recuadro denominado «SIG – Sistema Integrado de Gestión», a partir del cual deberá cumplimentar dos pasos básicos:
1) Creación de un usuario de carácter individual, donde se solicitan datos básicos de contacto.
2) Llenado del Formulario del Registro Industrial.
Para ello puede ingresar en el instructivo en el siguiente link:  http://www.entrerios.gov.ar/industria/INSTRUCTIVO%20en%20REGISTRO%20UNICO%20INDUSTRIAL%202019.pdf

Este formulario, una vez enviado, será constatado por el personal técnico del área y una vez que esté otorgada la viabilidad del formulario se recepcionará la documentación correspondiente (firmada por el titular del establecimiento en todos sus ejemplares, conforme lo estipula la reglamentación, a saber:
– Constancia de Inscripción en AFIP
– Constancia de Inscripción en ATER
– Formularios F931/AFIP
– Fotocopia de Habilitación Municipal (en su defecto, de la Junta de Gobierno donde está radicada la planta industrial, o de no pertenecer a ninguna de las anteriores mediando Exposición Policial)
– Habilitaciones especiales según el rubro de actividad declarada, según corresponda (SENASA, BROMATOLOGÍA, ANMAT, etc.)
Es importante recordar que la inscripción en el Registro es de carácter obligatorio para todo aquel Establecimiento Industrial cuyas actividades estén encuadradas como «Industria Manufacturera» según el CIIU (Clasificador Industrial Internacional Uniforme) Revisión 4 radicado en la provincia de Entre Ríos.
La presentación y posterior aprobación y emisión del Certificado Anual del Registro Industrial por parte de la Subsecretaría de Industria, es el requisito mínimo necesario e inicial para revestir la categoría de industria inscripta en la provincia, y obtener los beneficios impositivos y de reintegros y exenciones en energía eléctrica, según corresponda:

-EXENCIONES EN IIBB
Micro y Pequeñas empresas: exentas en IIBB (Impuesto a los Ingresos Brutos).
Mediana 1 y 2: alícuotas especiales.
Gran Empresa: alícuota general.

-REINTEGROS Y EXENCIONES EN ENERGÍA ELÉCTRICA
Tramo 1: reintegro del 15% del monto correspondiente al consumo (a tramitarse con el certificado ante el distribuidor local de energía)
Tramo 2: reintegro del 8% del monto correspondiente al consumo (a tramitarse con el certificado ante la Secretaría de Energía Provincial)
Tramo 3: reintegro del 4% del monto correspondiente al consumo (a tramitarse con el certificado ante la Secretaría de Energía Provincial)

-EXENCIÓN EN LA «TASA MUNICIPAL POR ENERGÍA ELÉCTRICA» LIQUIDADA EN LA FACTURA DE ENERGÍA ELÉCTRICA.
Una vez inscripto en el Registro deberá efectuar ante la Subsecretaría de Industria las presentaciones correspondientes a la Ley 6.260 de Control y Prevención Ambiental a fin de obtener certificados de Radicación, de Funcionamiento y de Habilitación Sanitaria.

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