Desde el año 2008, por un pedido concreto de la Presidenta Cristina Fernández de Kirchner al Ministro del Interior y Transporte Florencio Randazo se crea la Agencia Nacional de Seguridad Vial el 9 de abril de 2008, a través de la ley 26.363. El objetivo de la Agencia Nacional de Seguridad Vial es: reducir la tasa de siniestralidad en la República Argentina. Tomando para este fin acciones concretas, adoptando a la Seguridad Vial como una política de estado.La Agencia trabaja permanentemente en conjunto, con diferentes organismos involucrados en materia de seguridad vial tales como: la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), Vialidad Nacional, el Órgano de Control de Concesiones Viales (OCCOVI), las diferentes Fuerzas de Seguridad, ONGs, entidades afines y fundamentalmente la colaboración de todas las provincias. Una de los pilares fundamentales de dicha política es la Licencia Nacional de Conducir, que es un documento único que la autoridad competente de cada jurisdicción provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, otorga a un ciudadano con el objeto de habilitarlo legalmente a conducir un vehículo, sea con carácter particular o profesional, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por la Ley Nacional de Tránsito 24.449.La Licencia Nacional de Conducir cuenta con características de seguridad técnicas y de diseño que facilitan la constatación de las autoridades de control, lo que la hace altamente segura ante los peligros de adulteraciones.
Recordemos que antes del dictado de la Ley 26.363, la situación, en nuestro país, era la siguiente:
• Existencia de más 1.800 centros de emisión de licencias, siendo la mayoría de ellos de jurisdicción municipal, y donde cada uno establecía sus propios requisitos, costos, categorías y sistema de seguridad.
• Diferentes valores y modalidades de pago de las tasas correspondientes produciendo desigualdades;
• Existencia de una constante fuga de vecinos hacia localidades más benévolas en el otorgamiento de licencias;
• Diversos formatos y diseños, dificultando el control por parte de los agentes de tránsito;
• Diferentes datos contenidos en la licencia obstaculizando la inspección de las autoridades;
• Conductores penalizados por la comisión de faltas en una localidad, siendo estos mismos habilitados a circular por el resto de nuestro territorio poniendo en peligro su vida como la de terceros;
• Ausencia de un sistema estadístico imposibilitando la realización de las evaluaciones necesarias para introducir cambios y mejoras.Con la creación de la ANSV, mediante la Ley 26.363, y la implementación de un nuevo Sistema Nacional de Licencias de Conducir, se intenta revertir la situación anteriormente descripta. Con ese objeto se apunta a:
• Unificar los criterios de evaluación de aptitudes, conocimientos y capacitación para emitir la licencia.• Unificar el formato y las medidas de seguridad de las licencias.
• Unificar la base de datos del Registro Nacional de Antecedentes de Tránsito.
• Y en corto plazo permitirá implementar el Sistema Nacional de Puntaje (Scoring).Requisitos para la obtención:
• Saber leer y, para los conductores profesionales, también escribir;
• Presentar original y Copia de DNI;
• Presentar grupo y factor sanguíneo del titular;
• Contar con la edad correspondiente para la clase solicitada;
• Acompañar AUTORIZACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL, si fuere menor (Ley Nacional 26.579);
• CeNAT: Certificado expedido por el Registro Nacional de Antecedentes de Tránsito sobre infracciones y sanciones penales en ocasión del tránsito, más los informes específicos para la categoría solicitada;
• Completar una declaración jurada sobre el padecimiento de afecciones;
• Asistir en forma obligatoria a un curso teórico práctico de educación para la seguridad vial (para aquellas personas que tramiten la obtención por primera vez);
• Aprobar un examen médico psicofísico;
• Aprobar un examen teórico de conocimientos sobre educación y ética ciudadana, conducción, señalamiento y legislación;
• Aprobar un examen teórico práctico sobre detección de fallas de los elementos de seguridad del vehículo y de las funciones del equipamiento e instrumental.
• Aprobar un examen práctico de idoneidad conductiva.