Fiestas sin pirotecnia ¡Celebremos de manera responsable!

En medio de las festividades actuales, es esencial reflexionar sobre los efectos perjudiciales que la pirotecnia puede tener en bebés, niños, ancianos, personas con discapacidad y animales. La Municipalidad y el Concejo Deliberante de Cerrito desean recordar a sus vecinos que la Ordenanza Nº 961 sigue en vigor.

El propósito de esta ordenanza es regular el uso consciente de la pirotecnia en la comunidad, haciendo un llamado a la responsabilidad y conciencia individual en cuanto al cuidado y preservación de la vida. Según el Artículo Nº 1, la normativa abarca la tenencia, fabricación, distribución, uso público o doméstico, y la comercialización de elementos pirotécnicos en todo el municipio de Cerrito.

Se permite únicamente el uso de artificios pirotécnicos clasificados como Clase A 11 según la Ley Nacional 20.429, los cuales producen efectos visuales y lumínicos sin generar ruido. Es imperativo que cuenten con la debida autorización de la autoridad de aplicación RENAR.

Además, la ordenanza especifica que los comercios y locales que deseen vender pirotecnia deben cumplir con las disposiciones del Registro Nacional de Armas (RENAR). La prohibición de utilizar petardos y elementos explosivos que generen ruido molesto se extiende a espacios públicos y privados, así como a eventos deportivos y cualquier actividad organizada por entidades locales. Quienes no cumplan con estas regulaciones serán sancionados con multas, según la gravedad de las infracciones.

Para consultas e información sobre las disposiciones de la Ordenanza, se pueden dirigir al Palacio Municipal de lunes a viernes, de 7:00 a 13:00, o comunicarse al 4890091. ¡Celebremos de manera responsable y construyamos un ambiente festivo seguro para todos!

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