Ley Ovina

Ley 25.422 para la recuperación de la Ganadería Ovina, sancionada el 4 de abril de 2001

Destinada a lograr la adecuación y modernización de los sistemas productivos ovinos que permita la sostenibilidad a través del tiempo y consecuentemente, permita mantener las fuentes de trabajo y la radicación rural.
Esta Ley comprende la explotación de la hacienda ovina que tenga el objetivo final de lograr una producción comerciable ya sea de animales en pie, lana, carne, cuero, leche, grasa, semen, embriones u otro producto derivado, y que se realice en cualquier parte del territorio nacional, en tierras y en condiciones agroecológicas adecuadas.
Se impulsa la adopción de modernas tecnologías que conducirán a incrementar los porcentajes de corderos logrados, incrementar la productividad por hectárea y mejorar la calidad de la lana. Tanto en el medio rural como industrial.

Objetivos

Aumento de ingresos netos y valor agregado

Desarrollo de recursos humanos

Mejora del status sanitario de las majadas

Aumento de la facturación global del sector

Conservar y mejorar los recursos naturales involucrados.

Mejora en la calidad de todos los procesos

Aumentar el stock ovino nacional

Estrategias

Disponer de financiamiento adecuado y asegurado por Ley a fin de permitir el proceso de planificación a mediano y largo plazo.

Elaboración de planes y programas provinciales que provean un adecuado marco conceptual que guíe la ejecución de fondos

Participación directa de los productores en los procesos claves: planificación y control de gestión.

Descentralización de la operatoria

Articulación entre actores relevantes

Flexibilidad de la operatoria para atender correctamente las variadas necesidades del productor ovino en las distintas regiones del país

Estimular el asociativismo y las formas de integración.

Fondos

20 millones de pesos anuales durante 10 años, más los recuperos de la cobranza de los créditos otorgados.

Créditos a valor producto, sin interés

A valor producto, sin interés, a siete años de plazo con hasta dos de gracia.
Esto implica que el valor de las inversiones solicitadas en los distintos proyectos se convierten según los precios de referencia vigentes en una cantidad equivalente de producto sea este lana u ovejas. La deuda adquirida por lo tanto pasa a ser una cantidad de kgs. de lana u ovejas.
Al momento de la devolución opera la conversión de manera inversa.
Para acceder a los créditos las Unidades Ejecutoras Provinciales (UEP) llaman a concurso público de proyectos en los que los interesados deben presentar un proyecto de inversión cuyo formato se halla estandarizado a los fines de facilitar la comparación entre proyectos. Un sistema de priorización basada en indicadores objetivos derivados de los proyectos presentados y aprobados, prioriza el acceso a los fondos del concurso.
Se deben llenar 4 formularios (datos del beneficiario, datos físicos del establecimiento, compromiso de cumplimiento de prácticas sanitarias y/o de manejo de pastizales y solicitud del crédito con su respectivo plan de pagos) y aportar la documentación respaldatoria (fotocopia DNI, RENSPA, planos, etc.).
Todo debe ser informado claramente por las respectivas UEP en los llamados correspondientes.

Beneficios disponible

Objetivo

Herramienta

Código

 
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